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Derecho fundamental a la intimidad Ni el Estado ni terceras personas pueden intervenir de manera injustificada y arbitraria en la intimidad, dentro del cual están las prácticas sexuales. Por tanto, lo que haga una persona en su vida íntima no puede ser examinado o sometido a escrutinio por el empleador o contratante y, en consecuencia, no puede afectar la relación laboral o contractual. Ver Sentencia- Corte Constitucional
Fuero de maternidad Para que opere la garantía de estabilidad laboral reforzada por maternidad o lactancia debe mediar el conocimiento del empleador del estado de gestación de su trabajadora o existir, al menos, una duda de que si lo conocía. Ver Sentencia- Corte Constitucional
Las acciones de tutela que se interponen en contra de los actos administrativos que se profieren en el marco de concursos de méritos, por regla general, son improcedentes Las acciones de tutela que se interponen en contra de los actos administrativos que se profieren en el marco de concursos de méritos, por regla general, son improcedentes, en tanto que existe el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y, en el marco de esta, la posibilidad de solicitar medidas cautelares. Esto sin perjuicio de que, atendiendo a las particularidades del caso en concreto puesto en conocimiento, al juez constitucional evalúe si los mecanismos ordinarios de defensa existentes en el ordenamiento jurídico son idóneos para la protección de los derechos fundamentales. Ver Sentencia- Corte Constitucional





