El pasado 15 de octubre la Escuela de Ciencias de la Salud ECISALUD realizó la conferencia “Aplicación en los Procesos de Facturación para los Servicios de Salud”. Este evento fue organizado por el equipo de la Escuela de Ciencias de la Salud – ECISA, la Universidad del Magdalena, el Centro para la Regionalización de la Educación y las Oportunidades – CREO, el Programa Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la Clínica Bahía “inversiones Azalud y el Comités Departamental y Distrital de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El objetivo de esta actividad fue socializar aspectos administrativos y ocupacionales del sector salud, resaltando la importancia de la prevención y promoción de entornos seguros y la aplicación eficiente en los procesos de facturación para los servicios de salud. Esta conferencia fue dirigida a: Profesional del área de la salud, auxiliares administrativos en salud, técnicos o tecnólogos con responsabilidades en actividades de facturación en salud. Profesionales con ocupaciones en áreas administrativas en instituciones del sector salud. Comunidad estudiantil de la Ciudad de Santa Marta (Magdalena).
La Ley 1231 de 2008 “por la cual se unifica la factura como título valor como mecanismo de financiación para el micro, pequeño y mediano empresario, y se dictan otras disposiciones”, hace referencia a un comprador o beneficiario del servicio y a un vendedor o prestador del servicio, en algunos de sus apartes hace alusión a “el obligado”. En la relación que se establece en el sector salud el beneficiario del servicio es el afiliado y no la entidad obligada a asumir el pago por la prestación del servicio (EPS o Entidad Territorial, entre otros) Dentro del sistema de seguridad social en salud, implementado a raíz de la expedición de la Ley 100 de 1993, la Institución Prestadora de Servicios de Salud no está facultada para librar y entregar o remitir al beneficiario del servicio en este caso el paciente, la factura de que trata la Ley 1231 de 2008 en los términos allí definidos.
Históricamente podemos decir que antes de la constitución de 1991 y hasta la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993, el servicio de salud en Colombia no tenía los principios que hoy lo rigen, como son: universalidad, solidaridad y eficiencia. Se entiende que el Estado es el que permite brindar el servicio de salud a los ciudadanos; pero no tiene el 100% de responsabilidad de pagar por ellos, debido a que no todos los ciudadanos tienen la misma capacidad económica, y es por esto que los aportes tienen porcentajes diferentes.